¿Qué son los objetos de aprendizaje?
Cualquier entidad digital, o no digital, que puede ser usada, reutilizada o referenciada durante el aprendizaje apoyado por la tecnología. Esta definición abarca cualquier elemento que intervenga en el proceso educativo, incluyendo no sólo los recursos educativos sino también los actores que participan en él, por ejemplo alumnos o profesores.Como ejemplo de objetos destacan:
- Contenidos multimedia.
- Contenidos instructivos.
- Objeto de aprendizaje.
- Software educativo y herramientas de software.
- Persona, organizaciones o evento referenciados durante el aprendizaje apoyado tecnológicamente.
El IEEE desarrolló un modelo para describir los objetos de aprendizaje denominado LOM (Learning Object Metadata) que consiste en una lista de campos o metadatos (datos y reglas sobre datos, en nuestro caso nos proporcionan datos sobre los recursos de aprendizaje y su utilización), así como sus posibles valores, que describen las características relevantes del objeto de aprendizaje y también la manera en que esta descripción debe ser adjuntada al propio recurso.
Otra definición similar podría ser la de D. Wiley que afirma que un objeto de aprendizaje es cualquier recurso digital que pueda ser utilizado para apoyar el aprendizaje.
Una definición más que he encontrado ha sido que unn objeto de aprendizaje es un conjunto de recursos digitales reutilizables, con un propósito educativo y constituido por al menos tres componentes internos: Contenidos, actividades de aprendizaje y elementos de contextualización. El objeto de aprendizaje debe tener una estructura de información externa (metadatos) que facilite su almacenamiento, identificación y recuperación.
Una definición más que he encontrado ha sido que unn objeto de aprendizaje es un conjunto de recursos digitales reutilizables, con un propósito educativo y constituido por al menos tres componentes internos: Contenidos, actividades de aprendizaje y elementos de contextualización. El objeto de aprendizaje debe tener una estructura de información externa (metadatos) que facilite su almacenamiento, identificación y recuperación.
Los objetos de aprendizaje tienen estándares que incluyen mecanismo normalizados que hacen que el objeto de aprendizaje se comunique con el LMS (Learning Management Systems), los dos más importantes son:
- El SCORM (Sharable Content Object Reference Model).
- El Common Cartridge
Permiten construir objetos de aprendizaje interactivos que se comunican con las plataformas de e-learning. La mayoría de las herramientas de calidad para construir objetos de aprendizaje permiten como mínimo exportar los resultados en uno de estos estándares. Pero el SCORM fue diseñado para que los objetos de aprendizaje funcionasen en contexto de autoaprendizaje, el Common Cartridge está orientado para ser utilizado también en circunstancias en que hay profesores y alumnos en situaciones de aprendizaje electrónico y desarrolla más los elementos interactivos del objeto de aprendizaje.
Según el Instituto de Ciencias de la Educación, las características de los objetos de aprendizaje son:
Según el Instituto de Ciencias de la Educación, las características de los objetos de aprendizaje son:
- Formato digital: tiene capacidad de actualización y/o modificación constante; es decir, es utilizable desde Internet y accesible a muchas personas simultáneamente y desde distintos lugares.
- Propósito pedagógico: el objetivo es asegurar un proceso de aprendizaje satisfactorio.
- Contenido interactivo: implica la participación activa de cada individuo (profesor-alumno) en el intercambio de información. Para ello es necesario que el objeto incluya actividades (ejercicios, simulaciones, cuestionarios, diagramas, gráficos, diapositivas, tablas, exámenes, experimentos, etc.) que permitan facilitar el proceso de asimilación y el seguimiento del progreso de cada alumno.
- Es indivisible e independiente de otros objetos de aprendizaje, por lo que:
- Debe tener sentido en sí mismo.
- No puede descomponerse en partes más pequeñas.
- Es reutilizable en contextos educativos distintos. Esta característica es la que determina que un objeto tenga valor, siendo uno de los principios que fundamentan el concepto de objeto de aprendizaje.
- Junto con otros objetos, se pueden alcanzar objetivos de aprendizaje más amplios, llevando a la construcción de los llamados: módulos de aprendizaje.
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¿Donde encontrar objetos de aprendizaje?
- Proyecto Agrega: esta iniciativa elaborada por el Ministerio de Educación ofrece una gran cantidad de recursos. Dispone de un buscador avanzado con el que es posible localizar los materiales deseados según el nivel educativo, nivel de agregación o formato y , en general, por cualquier características descrita en los metadatos. Cuando se encuentra algo adaptado a nuestras necesidades se tendrá en cuenta la plataforma de e-learning y nuestro LSM. El resultado es un archivo en formato ZIP.
- Proyecto LearningSpace: en esta biblioteca podemos encontrar cientos de recursos educativos, en forma de cursos online, que pueden ser descargados en formato SCORM o Common Cartridge. Eligiendo cualquiera de estos formatos se obtendrán el objeto de aprendizaje en formato ZIP.
Licencias de Internet.
Muchas veces nos encontramos con que no tenemos claro que uso podemos realizar de algunos documentos, imágenes y otras cosas que encontramos en Internet, para saberlo hay que ver que licencia de uso tiene el archivo para saber cómo podemos utilizar los materiales que están dispuestos en Internet para evitar usos indebidos o incurrir en una ilegalidad y además así saber cómo proteger nuestras propias creaciones. Por defecto la ley establece que todas las obras artísticas, literarias o científicas tienen derechos de autor, se indique o no junto a la obra el correspondiente «copyright». Pero existe una serie de licencias que autorizan de manera explícita a copiar, modificar y redistribuir los materiales que las utilizan. Ahora iré explicando poco a poco los tipos de licencias de uso que hay.
Derecho de autor o Copyright:
El copyright es un conjunto de normas jurídicas que la ley concede a los autores respecto a las obras que él mismo crea y que se considere con naturaleza intelectual (creación original artística, literaria o científica) . Este derecho lo adquieren los autores desde el mismo momento en que las crean y quedan fijadas en un medio de expresión tangible. Por ello, no es necesario realizar ningún proceso formal para conseguir estos derechos sobre tu obra.
Los derechos que le pertenecerían al autor respecto a su obra son los siguientes:
Los derechos que le pertenecerían al autor respecto a su obra son los siguientes:
- Derechos morales: Derecho a ser reconocido como autor y a exigir el respeto a la integridad y a la no alteración de su obra. Estos derechos no se pueden ceder, vender o transferir, y son irrenunciables e imprescriptibles.
- Derechos patrimoniales: Son aquellos que permiten la explotación de la obra. Estos derechos los disfruta el autor a lo largo de su vida, y sus herederos después de su muerte durante un plazo determinado (en España este plazo es de 70 años). Posteriormente, la obra pasa a formar parte del dominio público. Este derecho se divide en:
- Derechos de explotación: Permiten al titular autorizar o prohibir los actos de explotación de su obra y poder exigir una retribución a cambio de dicha autorización.
- Derechos compensatorios: Pretenden neutralizar las posibles pérdidas ocasionadas por los derechos dejados de percibir debido a las copias privadas, reproducciones o prestaciones protegidas. Para poder recaudar esta compensación se han impuesto tasas sobre los medios de grabación y se han creado entidades para la gestión del cobro, como la SGAE.
La utilización de obras sin autorización puede suponer la infracción de los derechos de propiedad intelectual y el titular puede ejercitar las acciones penales y civiles previstas en la ley, que en los supuestos más graves se castiga con penas de prisión y multa.
Alternativas al Copyright
Alternativas al Copyright
Existen licencias alternativas a las anteriores, conocidas como licencias abiertas que permiten a los autores ceder algunos derechos sobre sus obras siempre y cuando se respete la autoría de su obra. Dentro de estas licencias abiertas encontramos varios tipos:
- Dominio público: una obra es de dominio público cuando expiran los derechos patrimoniales de explotación y compensación. Esto puede ocurrir si el autor renuncia de forma directa a ellos o cuando pasa un tiempo determinado de la muertes de éste (aproximadamente 50 años). Si la obra es de dominio público se puede usar y modificar libremente, siempre que se respeten los derechos morales del autor que le pertenecerán siempre. Si se modifica una obra de dominio público, la nueva obra creada podrá tener una una nueva licencia Copyright, adquiriendo el autor los derechos patrimoniales, siempre y cuando se indique el autor original de la obra.
- Copyleft: se trata de una licencia abierta que elimina las restricciones de distribución o modificación del Copyright, siempre que el trabajo derivado mantenga el mismo régimen de derechos de autor que el original, es decir, también tiene que tener la licencia de Copyleft.
- Creative Commons: abarca un amplio rango de libertades debido a que es una licencia que se puede configurar para ceder más o menos derechos, es decir, esta licencia permite a los autores ceder algunos derechos sobre su obra. Los mismos autores deciden los derechos que quieren ceder, de esta forma pueden de una forma sencilla, gratuita y legal, indicar el tipo de uso que quieren permitir de su obra.
A partir de la combinación de estos cuatro derechos básicos se crean los seis tipos de licencia Creative Commons:
Imagen sacada de a página de Creative Commons España |
- Licencias de Software:se tratan de licencias únicamente aplicables a softwares. Hay varios tipos:
- Software libreo/General Public License (GPL): son los programas que podemos usar, copiar, modificar y distribuir libremente, exigiéndose además que esté disponible su código fuente. El software libre no tiene por qué ser gratuito, su denominación de libre es porque tienen código abierto.
- Licencia BSD: es una de las más libres, sólo se reserva los derechos de autor y la propiedad intelectual, requiriendo únicamente que el autor sea mencionado. Los trabajos derivados pueden adoptar licencias privativas y también se permite el uso de código fuente BSD en software no libre.
- Formas de distribución del software: con los software, aparte de las licencias, también hay que tener muy en cuenta sus formas de distribución:
- Freeware: son los programas que se distribuyen gratuitamente, sin ningún coste adicional, sin restricciones de uso y por tiempo ilimitado, el único requisito es la gratuidad, no siendo necesario que el código fuente esté disponible. Un ejemplo de freeware es Mozilla Firefox.
- Shareware: son los programas que se distribuyen de forma gratuita pero con limitaciones en el tiempo de uso o en la funcionalidad del programa, es decir te dejan probar el programa y si quieres puedes descargar la versión completa pagando. Un ejemplo son los antivirus.
- Adware: se denominan así los programas gratuitos que incluyen publicidad. Un ejemplo es el programa Messenger de Microsoft.
Páginas con contenidos reutilizables con licencia abierta:
- Flickr: permite buscar imágenes con licencia Creative Commons. Para esto podemos apretar sobre la opción «búsqueda avanzada» de su buscador y seleccionar la opción «buscar sólo contenidos con licencia CC».
- Google: el buscador de Google, tanto para imágenes como para páginas web, también permite realizar este tipo de búsquedas. Para esto, cuando estamos buscando algún contenido, tenemos que pulsar sobre «búsqueda avanzada» y en el campo «derechos de uso» seleccionar «utilizar y compartir libremente».
- Wikimedia Commons: nos permite buscar entre todos los recursos que se utilizan en los proyectos de Wikimedia (como Wikipedia). Podemos encontrar fotografías, diagramas, dibujos animados, música, voz grabada, vídeo y archivos multimedia libres de todo tipo.
- CC Search: la propia página de Creative Commons facilita un buscador para imágenes, vídeos, webs y multimedia con licencias CC.
- MorgueFile: repositorio de imágenes libres (no es necesario citar al autor).
- Archive: cuenta con audios, vídeos y textos de dominio público o con licencias que permiten su uso.
- Jamendo: buscador de música bajo licencias Creative Commons
ENLACES:
Creative Commons licencias
Objetos de aprendizaje
Características de los objetos de aprendizaje
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